sábado, 11 de junio de 2016

CULTURA CIENTÍFICA

¿Cómo crearías un animal o planta clónica y de qué animal o planta la harías y por qué?

La clonación es el proceso por el que se consiguen, de forma asexual, copias idénticas de un organismo, célula o molécula ya desarrollado.
Se deben tomar en cuenta las siguientes características:
-En primer lugar, se necesita clonar las células (producto embrionario), porque no se puede hacer un órgano o parte del "clon" si no se cuenta con las células que forman a dicho cuerpo.
-Ser parte de un organismo ya "desarrollado", porque la clonación responde a un interés por obtener copias de un determinado organismo, y sólo cuando es adulto se pueden conocer sus características.
-Por otro lado, se trata de crearlo de forma asexual. La reproducción sexual no permite obtener copias idénticas, ya que este tipo de reproducción por su misma naturaleza genera diversidad múltiple.

Yo clonaría algún animal que este en extinción, como el tigre blanco, para así evitar su desaparición.

¿Qué organismo modificado genéticamente diseñarías, cómo y por qué?

La transgénesis es la introducción de ADN extraño en un genoma, de modo que se mantenga estable de forma hereditaria y afecte a todas las células en los organismos multicelulares. Generalmente, en animales, el ADN extraño, llamado transgen, se introduce en cigotos, y los embriones que hayan integrado el ADN extraño en su genoma, previamente a la primera división, producirán un organismo transgénico; de modo que el transgén pasará a las siguientes generaciones a través de la línea germinal (gametos).

Yo modificaría las células de algún animal para que curaran enfermedades de los seres humanos, y así curar enfermedades incurables.

¿Cómo podría tener descendencia dos personas del mismo sexo o una misma? (Explica el proceso)

Las técnicas de reproducción asistida hacen posible que una mujer tenga hijos a través de un embarazo –es decir sin acudir a una adopción- aunque su pareja sea también una mujer. Es más, estas técnicas permiten que una de las dos pueda quedar embarazada de la otra –se denomina ROPA-, ya que la reproducción asistida hace posible que una de las dos geste un embrión fecundado con óvulos de la pareja y espermatozoides de un donante.
En los casos de parejas de mujeres hay que tomar especiales precauciones respecto a la inscripción del nacido en el registro civil. Las mujeres casadas podrán inscribir a la criatura (no siempre sin dificultades) como hija o hijo de las dos. Las mujeres no casadas solo podrán inscribir a la criatura nacida de los tratamientos de reproducción asistida como hija o hijo de la mujer gestante. La pareja de la gestante tendría que adoptarlo, si se produce el matrimonio después del nacimiento, para tener derechos sobre él. A excepción de en Cataluña, donde se ha regulado este aspecto mediante una ley autonómica de parejas de hecho, y aunque no estuvieran casadas podrían registrar la criatura como hija de las dos y legalmente así sería reconocida. 

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